La Ley de Ordenación Urbanística de Andalucía establece que los propietarios de terrenos, construcciones y edificios tienen el deber de mantenerlos en condiciones de seguridad y salubridad, realizando los trabajos y obras necesarios para conservarlos y/o rehabilitarlos.
Con la subida de temperaturas y el hecho de que la vegetación ha crecido notablemente, el Servicio de Prevención y Extinción de Incendios y Salvamento del Ayuntamiento de Linares advierte que el riesgo de incendios y propagación de los mismos ha aumentado considerablemente, ya que el matorral crecido se convierte en un combustible en toda regla, pudiendo alcanzar sus llamas alturas considerables. La proximidad de las viviendas hace necesaria la prevención inmediata, publicando así el bando correspondiente de la mano de la Concejalía de Medio Ambiente y Ordenación Territorial, con el siguiente contenido:
» 1.- Toda las personas físicas y jurídicas que sean propietarias de terrenos urbanos y rústicos que sean limítrofes con edificaciones o inmuebles, así como los propietarios de construcciones y edificios en este término municipal, deberán mantenerlos limpios y libres de hierbas, matojos y malezas, para garantizar que reúnen las condiciones de seguridad y salubridad exigibles, e impedir o disminuir los peligros y perjuicios a los colindantes que puedan ocasionarse tanto por posibles incendios como por la proliferación de roedores, insectos o cualesquiera otros susceptibles de causar infecciones o peligro para las personas.
En las parcelas rústicas limítrofes con edificaciones o inmuebles se establecerá una franja de seguridad de 5 metros, como mínimo, libre en su perímetro de toda vegetación inflamable.
2.- Queda prohibida la quema de matorral, restos de poda y residuos tales como: basuras, plásticos, leñas muertas y otros residuos combustibles. «
Redacción: Ana Belén Portellano.