Después de más de tres meses, el juez considera que «no convocar el pleno podría vulnerar un derecho constitucional como es un derecho a la participación política»
El pleno de la moción de censura se celebrará el próximo viernes a las 12h.
Fue el pasado 10 de marzo, justo un día antes de la celebración del pleno extraordinario en el que se debatiría la moción de censura, cuando el juez dejó sin efecto la diligencia por la cual se convocaba la propuesta de la moción de censura registrada por PSOE, Izquierda Unida y Cilu el pasado 24 de febrero. Una moción de censura presentada contra el actual alcalde de Linares, Raúl Caro-Accino, avalada por los tres partidos citados.
Ciudadanos solicitó por la vía legal que se aclarara la situación de dos concejales del PSOE, antes de la votación. En concreto, la ejecución de una sentencia de la Junta Electoral hacia Daniel Campos, en la que se le inhabilitaba el sufragio por un tiempo determinado. Pero dicha sentencia ya se había ejecutado. Por otro lado, la incompatibilidad de Javier Palacios como concejal, al haber realizado facturas al Ayuntamiento desde su negocio de farmacia en tiempos de pandemia.
Casi tres meses y medio después, el Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 2 de Jaén ha levantado las medidas cautelares que tenían paralizada esta moción de censura. El auto del juez considera que «se podría vulnerar un derecho constitucional, como es el derecho a la participación política, coartando los instrumentos de funcionamiento democrático».
La cosa no quedó aquí, y es que quince concejales de la corporación votaron en contra de la incompatibilidad de Javier Palacios en el pleno del 24 de marzo, y el Ayuntamiento abrió diligencias contra ellos, ya que existía un informe del secretario que confirmaba dicha incompatibilidad y se incurría en un delito de prevaricación. El juzgado solicitó entonces el acta del pleno para poder identificar a estos concejales.
Una vez analizadas estas cuestiones, el auto judicial considera lo siguiente:
«Debemos analizar si la cuestión prejudicial penal, debe suspender o no la existencia de un procedimiento contencioso-administrativo o civil, al respecto hemos de acudir a la jurisprudencia del T. Supremo, el cual se ha manifestado ‘que la norma de prejudicialidad penal, que es siempre devolutiva y que ha de ser interpretado de forma restrictiva y exige que la sentencia civil haya de fundarse exclusivamente en el supuesto de existencia de un delito; el fundamento no es exclusivo cuando la resolución civil no depende de la decisión penal.’ «
Por lo expuesto y razonado, estimo que es procedente levantar la suspensión del presente procedimiento, al entender que el mismo no tendrá ninguna transcendencia sobre la cuestión penal existente y por el contrario de no levantar la suspensión, podría vulnerar un derecho constitucional como es un derecho a la participación política, coartando los instrumentos de funcionamiento democrático, por lo que debemos concluir en el levantamiento de la suspensión tanto del procedimiento principal como de la pieza de medidas cautelares».
Según el informe de Secretaría General del Ayuntamiento de Linares, ya se ha comunicado a los concejales de esta Corporación que la celebración del pleno del debate y votación de la moción de censura será el próximo día 24 de junio (viernes) de 2022 a las 12h., en el Salón de Plenos del edificio municipal de la Estación de Madrid.
COMUNICADO DE CILU-LINARES
«En la mañana de hoy 22 de junio el Grupo Municipal de CILU-Linares ha sido notificado por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. 2 de Jaén al respecto del levantamiento de medidas cautelares al no concurrir ninguna de las circunstancias legales contrarias a la presentación de la moción de censura contra el actual alcalde, tal y como CILU-Linares ha venido defendiendo.
CILU-Linares lamenta gravemente las dilaciones y los engaños por parte del todavía alcalde y de otros afines para intentar mantenerse a toda costa en un cargo que debió abandonar tras la ruptura unilateral del pacto de gobierno en enero de 2021, momento desde el que se genera una grave anomalía democrática al haber seguido como alcalde sin tener apoyos y sin ser la lista más votada, además de permanecer en el cargo habiendo roto un pacto firmado con PP y CILU-Linares, retirando competencias a los dos partidos.
La formación Linarense también recuerda que son varias la actuaciones judiciales que se están llevando a cabo en este momento en defensa de la legalidad en el Ayuntamiento de Linares.
Al respecto de la celebración del pleno, CILU-Linares cree que es posible que, por seguir aferrándose a los cargos, aparezcan nuevas maniobras dilatorias contra la legal y legitima celebración del pleno de votación de la moción de censura, por lo que continuarán vigilantes».