El Área de Hacienda del Ayuntamiento de Linares lleva a Pleno la modificación de ordenanzas fiscales para bajar impuestos

El Área de Hacienda del Ayuntamiento de Linares lleva a Pleno la modificación de ordenanzas fiscales para bajar impuestos

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La tasa de veladores se reducirá un 20%, mientras que también habrá un descenso generalizado en las tasas de mercadillos

La Concejalía de Hacienda del Ayuntamiento de Linares llevará a la próxima sesión ordinaria del Pleno de la Corporación Municipal una propuesta de modificación de varias ordenanzas fiscales para bajar impuestos, toda vez que ha resultado aprobada en la Comisión Informativa. El concejal-delegado de Hacienda, Antonio Garrido de Toro, ha mostrado la intención de su Área de llevar a cabo “una reducción generalizada de varias tasas municipales, que en algunos casos supera el 30% de reducción, como por ejemplo las tasas de mercadillos de venta ambulante”. Así, en esa línea, el edil ha apuntado que “la propuesta de modificación consiste en adaptar la periodicidad, la superficie de los puestos ambulantes y la gestión de la tasa, además de fijar una reducción del 5% de la cuota de recibos gestionados mediante padrón y que estén domiciliados”.

De otro lado, la propuesta de Hacienda también contempla la bajada de la tasa por ocupación de vía pública con mesas, sillas y otros elementos análogos (veladores), con una reducción del 20% en las cuotas con respecto a la anterior y, además, se prorrateará por semestres. Asimismo, Antonio Garrido de Toro ha señalado que la tasa de utilización del Teatro Cervantes se reduce un 15%, no estando sujetas a gravamen las utilizaciones que se produzcan con ocasión de actos benéficos o culturales cuando quede acreditado en el transcurso de dicha utilización del espacio que no se va a obtener un beneficio económico.

Además, se encuentra la modificación de la ordenanza fiscal reguladora para bajar un 11,5% el Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras (ICIO). “En este caso, también se aumentan las bonificaciones de la cuota por concurrir circunstancias culturales o histórico-artísticas y se modifica el artículo 8 en su apartado primero, ya que antes solo recogía las nuevas construcciones y ahora se recogen también las reformas catalogadas como obras mayores siempre que tenga una base imponible superior a 200.000 euros y se mantenga la creación de empleo”, ha detallado el concejal de Hacienda.