Durante el periodo navideño se permite ampliar el horario de cierre de espectáculos y establecimientos públicos 2 HORAS MÁS del establecido por la Orden de 25 de Marzo de 2002, reguladora de los horarios de apertura y cierre en Andalucía, los siguientes días:
-MADRUGADA DEL 24 AL 25 DE DICIEMBRE.
-MADRUGADA DEL 31 AL 1 DE ENERO.
-MADRUGADA DEL 5 AL 6 DE ENERO.
La citada ampliación afecta exclusivamente a la actividad realizada en el interior de los establecimientos y no a las terrazas de veladores, que deberán mantener el horario establecido en sus respectivas autorizaciones.