Ampliación excepcional de horarios de establecimientos con motivo de las fiestas navideñas

Ampliación excepcional de horarios de establecimientos con motivo de las fiestas navideñas

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Desde el Ayuntamiento de Linares se recuerda la obligatoriedad del cumplimiento de la normativa vigente en materia de celebración de actividades recreativas

 

Ante la proximidad de las fiestas de Navidad y año nuevo, y con ellas un considerable incremento de actividades recreativas y eventos de carácter multitudinario, desde el Ayuntamiento de Linares se recuerda a través del bando correspondiente, ya publicado en la Sede Electrónica, que dichas actividades están reguladas por la Ley 13/1999, de 15 de diciembre, de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas de Andalucía, así como por el Decreto 155/2018, de 31 de julio, por el que se aprueba el catálogo de espectáculos públicos, actividades recreativas y establecimientos públicos de Andalucía y se regulan sus modalidades, régimen de apertura o instalación y horarios de apertura y cierre, así como, lo dispuesto en el Decreto 195/2007, de 26 de junio por el que se establecen las condiciones generales para la celebración de espectáculos públicos y actividades recreativas de carácter ocasional y extraordinario.


Es por ello que desde la Administración local se hace un llamamiento al cumplimiento de la normativa actual vigente, especialmente en lo que se refiere a la organización de espectáculos públicos y actividades recreativas extraordinarias que requieran de la autorización necesaria. Así, desde el Ayuntamiento se cuidará y velará por el cumplimiento estricto de la legalidad de todas aquellas fiestas públicas que se celebren en estas fechas, ejerciendo un control riguroso de su autorización y posterior inspección, impidiendo la celebración de aquellas que no cuenten con las preceptivas autorizaciones.

Igualmente, se hace saber que, con carácter excepcional, durante la madrugada del 24 al 25 de diciembre de 2023, madrugada del 31 de diciembre de 2023 al 1 de enero de 2024 y madrugada del 5 de enero al 6 de enero de 2024, se amplían los horarios públicos generales de cierre de establecimientos públicos destinados a la celebración de actividades recreativas o espectáculos públicos en dos horas más del horario establecido en el Decreto 155/2018, de 31 de julio, para cada tipo de establecimiento público.